{"id":31407,"date":"2020-11-04T09:31:52","date_gmt":"2020-11-04T14:31:52","guid":{"rendered":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/?p=31407"},"modified":"2020-11-04T09:31:52","modified_gmt":"2020-11-04T14:31:52","slug":"fiscalia-debera-ofrecer-excusas-a-motociclista-que-cometio-infraccion-de-transito-y-termino-vinculado-a-un-homicidio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/fiscalia-debera-ofrecer-excusas-a-motociclista-que-cometio-infraccion-de-transito-y-termino-vinculado-a-un-homicidio\/","title":{"rendered":"Fiscal\u00eda deber\u00e1 ofrecer excusas a motociclista que cometi\u00f3 infracci\u00f3n de tr\u00e1nsito y termin\u00f3 vinculado a un homicidio"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-28950 alignleft\" src=\"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/CONSEJO-DE-ESTADP-JULIO-256x192.jpg\" alt=\"\" width=\"256\" height=\"192\" \/>El Consejo de Estado conden\u00f3 a la Fiscal\u00eda por haber privado de su libertad injustamente a un motociclista que fue conducido a un CAI de la Polic\u00eda tras haber cometido una falta de tr\u00e1nsito y termin\u00f3 siendo vinculado a una investigaci\u00f3n penal por un homicidio que se produjo en Palmira (Valle). El organismo investigador deber\u00e1 ofrecer disculpas al afectado y pagarle a \u00e9l y sus familiares m\u00e1s de 8 millones de pesos por los d\u00edas en los que permaneci\u00f3 injustamente detenido.<\/p>\n<p>Los hechos materia del proceso tuvieron origen en la detenci\u00f3n del demandante y su acompa\u00f1ante a manos de la Polic\u00eda el 27 de abril del 2003, en Palmira (Valle). El arresto se produjo porque el demandante se movilizaba en una motocicleta con un parrillero, violando la prohibici\u00f3n que se hab\u00eda impuesto en el municipio para permitir la presencia de esta clase de acompa\u00f1antes. Sin embargo, luego de ser escuchado en indagatoria por la Fiscal\u00eda ese mismo d\u00eda, se le vincul\u00f3 a un proceso penal por los delitos de homicidio y porte ilegal de armas de fuego.<\/p>\n<p>El 6 de mayo siguiente, la entidad decidi\u00f3 no imponerle medida de aseguramiento y orden\u00f3 su libertad, por considerar que hubo irregularidades en la apertura de la instrucci\u00f3n por homicidio. Finalmente, el organismo investigador archiv\u00f3 la investigaci\u00f3n y determin\u00f3 que se prob\u00f3 que el indiciado no dispar\u00f3 ning\u00fan arma ese d\u00eda; su detenci\u00f3n habr\u00eda sido producto de una acci\u00f3n policiva derivada de una falta de tr\u00e1nsito y no como consecuencia de la comisi\u00f3n de un delito.<\/p>\n<p>Tras obtener este pronunciamiento favorable a su inocencia, el procesado y sus familiares interpusieron una demanda de reparaci\u00f3n directa, con la intenci\u00f3n de obtener un resarcimiento econ\u00f3mico por el da\u00f1o causado, que tasaron en 400,10 salarios m\u00ednimos.<\/p>\n<p>El Tribunal Administrativo del Valle, que conoci\u00f3 de esta demanda en primera instancia, declar\u00f3 a la Fiscal\u00eda administrativamente responsable de esta detenci\u00f3n injusta. Concluy\u00f3 que la apertura de la indagaci\u00f3n penal fue irregular, pues se bas\u00f3 en pruebas ilegales. Adem\u00e1s, se le desconoci\u00f3 al procesado su derecho a la defensa y el ejercicio de contradicci\u00f3n, pues, para vincul\u00e1rsele a la investigaci\u00f3n por homicidio se tuvo en cuenta un informe de la Polic\u00eda por violaci\u00f3n a la prohibici\u00f3n de llevar parrillero en su motocicleta y no un elemento probatorio que llevara a inferir que incurri\u00f3 en la conducta delictiva. As\u00ed las cosas, el \u00f3rgano judicial orden\u00f3 reparar al procesado y a sus familiares por m\u00e1s de 27 millones de pesos.<\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda present\u00f3 recurso de apelaci\u00f3n contra esta providencia. Advirti\u00f3 que la medida de aseguramiento se dio con base en pruebas de su responsabilidad en el homicidio, entre ellas el testimonio de un polic\u00eda que dijo haber detenido al demandante en flagrancia. El organismo trajo a colaci\u00f3n decisiones de los tribunales de Cauca y Nari\u00f1o que absolvieron a la Fiscal\u00eda cuando se observ\u00f3 que actuaciones de la Polic\u00eda indujeron al error.<\/p>\n<p>El Consejo de Estado no accedi\u00f3 a las pretensiones. Ratific\u00f3 la responsabilidad del organismo investigador por las irregularidades que rodearon la decisi\u00f3n de vincular al accionante a la indagaci\u00f3n penal. Adicionalmente, sostuvo que es necesario ordenar una medida de reparaci\u00f3n integral que resarza el derecho al buen nombre del actor, que se vio afectado por la privaci\u00f3n injusta de la libertad.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que si bien el fiscal que abri\u00f3 el proceso se bas\u00f3 en el testimonio del polic\u00eda que estuvo presente en la detenci\u00f3n, no tuvo en cuenta que el mismo declarante dijo no haber visto al procesado cometiendo el delito. Esto implica que la decisi\u00f3n de ente investigador no cumpli\u00f3 requisitos legales en casos de flagrancia, pues no fue detenido, sorprendido, individualizado e identificado en el momento de cometer el punible, ni se dio ninguna otra de las circunstancias exigidas para estos casos.<\/p>\n<p>Para la alta corte, irregularidades como esta indican que la entidad demandada incurri\u00f3 en una falla en el servicio, lesionando el derecho a la libertad del procesado. Por esa raz\u00f3n, orden\u00f3 la reparaci\u00f3n econ\u00f3mica, con un reajuste de acuerdo con la jurisprudencia, y orden\u00f3 pedir excusas a la v\u00edctima a trav\u00e9s de un escrito y consultarle, si es su deseo, que el documento sea publicado.<\/p>\n<p>Fuente Consejo de Estado<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo de Estado conden\u00f3 a la Fiscal\u00eda por haber privado de su libertad injustamente a un motociclista que fue conducido a un CAI de la Polic\u00eda tras haber cometido una falta de tr\u00e1nsito y termin\u00f3 siendo vinculado a una investigaci\u00f3n penal por un homicidio que se produjo en Palmira (Valle). 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