{"id":40639,"date":"2022-04-21T07:18:52","date_gmt":"2022-04-21T12:18:52","guid":{"rendered":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/?p=40639"},"modified":"2022-04-21T07:18:52","modified_gmt":"2022-04-21T12:18:52","slug":"colombia-violo-los-derechos-soberanos-de-nicaragua-la-haya","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/colombia-violo-los-derechos-soberanos-de-nicaragua-la-haya\/","title":{"rendered":"Colombia viol\u00f3 los derechos soberanos de Nicaragua: La Haya"},"content":{"rendered":"<p><main role=\"main\"><\/p>\n<div class=\"layout-content\">\n<div class=\"region region-content\">\n<div id=\"block-nuevosiglo-content\" class=\"block block-system block-system-main-block\">\n<article role=\"article\" data-history-node-id=\"272178\">\n<div class=\"article-inner  hasimage \">\n<div class=\"content\">\n<div class=\"body\">\n<div class=\"clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<figure id=\"attachment_40640\" aria-describedby=\"caption-attachment-40640\" style=\"width: 311px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-40640\" src=\"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/jueza-311x192.jpg\" alt=\"\" width=\"311\" height=\"192\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-40640\" class=\"wp-caption-text\">ONU-Elnuevosiglo.com<\/figcaption><\/figure>\n<p>La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la ONU dictamin\u00f3 este jueves que Colombia debe &#8220;cesar inmediatamente&#8221; las interferencias en aguas del mar Caribe que ese tribunal reconoce como pertenecientes a la zona econ\u00f3mica exclusiva de Nicaragua.<\/p>\n<p>Por 10 votos contra 5 los jueces de la CIJ consideraron que Colombia &#8220;ha violado los derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua&#8221;, y por 9 votos contra 6 se\u00f1alaron que Colombia &#8220;debe cesar inmediatamente esa conducta&#8221;.<\/p>\n<p>Esta controversia entre los dos pa\u00eds tiene su origen en una sentencia de la propia CIJ en 2012, que reconoci\u00f3 soberan\u00eda de Colombia en el archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, en el Caribe, pero reconoci\u00f3 la jurisdicci\u00f3n de Nicaragua en las aguas circundantes.<\/p>\n<p>En 2013, Nicaragua present\u00f3 una queja ante el tribunal alegando que Colombia interfer\u00eda en actividades pesqueras y cient\u00edficas en aguas que estaban bajo su jurisdicci\u00f3n, y desde entonces el proceso se arrastraba en La Haya.<\/p>\n<p>Colombia aleg\u00f3 que esto se deb\u00eda al cumplimiento de sus compromisos en la lucha contra el narcotr\u00e1fico y en la protecci\u00f3n ambiental de las aguas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la delegaci\u00f3n colombiana present\u00f3 contrademandas a Nicaragua, incluyendo una por violar los derechos de comunidades que habitan esas islas y que practican pesca artesanal y de subsistencia desde hace siglos en la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>Esa demanda, sin embargo, no fue admitida por la corte.<\/p>\n<p><b>Desde las a 3 a.m. la magistrada\u00a0<\/b>Joan E. Donoghue, Presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ),\u00a0<b>\u00a0dio<\/b><b> lectura del expediente con el origen de la demanda, las argumentaciones tanto de Colombia como Nicaragua para dar a conocer, hora y media despu\u00e9s el mencionado fallo.<\/b><\/p>\n<p>&#8220;Colombia debe finalizar de inmediato sus conductas violatorias y debe apegarse al derecho internacional de acuerdo a las zonas establecidas en el el fallo de 2012&#8221;, expres\u00f3 la juez estadounidense\u00a0<strong>Joan E. Donoghue, al concluir la lectura del fallo.<\/strong><\/p>\n<p>Respecto a las operaciones de la Armada en el Mar Caribe, afirma que la evidencia de Nicaragua no muestra satisfactoriamente que Colombia viol\u00f3 lo que est\u00e1 establecido en los tratados.<\/p>\n<p>&#8220;La Corte no considera suficiente la evidencia para la demanda contra Colombia&#8221;, expres\u00f3 la juez.<\/p>\n<p>En otro aparte de la decisi\u00f3n indica que Colombia no logr\u00f3 demostrar\u00a0que los raizales han estado tradicionalmente en las agua en disputa y por ello insta a ambos pa\u00edses a buscar un acuerdo bilateral.<\/p>\n<p>Los jueces concluyeron que Colombia, bajo el argumento de realizar medidas de conservaci\u00f3n natural en la zona en disputa, ha interferido en actividades de pesca y de investigaci\u00f3n por parte de Nicaragua, seg\u00fan consta en la sentencia.<\/p>\n<p>En este sentido, cuestionaron \u00a0la validez del decreto colombiano que estableci\u00f3 como una zona integral las aguas entre la parte continental y el archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, cuya soberan\u00eda s\u00ed concedi\u00f3 la CIJ a Colombia en 2012.<iframe class=\"video\" src=\"https:\/\/www.youtube-nocookie.com\/embed\/CnGAWNLzuRc\" data-mce-fragment=\"1\"><\/iframe><\/p>\n<p>El juicio, en el que se evaluaron los derechos de los dos pa\u00edses vecinos sobre un territorio de unos 75.000 kil\u00f3metros cuadrados, no supone en ning\u00fan caso una reconfiguraci\u00f3n territorial, en la medida en que el reparto de zonas ya hab\u00eda sido determinado en el fallo de hace una d\u00e9cada.<\/p>\n<p>El presidente Iv\u00e1n Duque trin\u00f3: &#8220;Nos encontramos en el Archipi\u00e9lago hist\u00f3rico e indivisible de San Andr\u00e9s. Escuchamos el fallo de la\u00a0<a dir=\"ltr\" role=\"link\" href=\"https:\/\/twitter.com\/CIJ_ICJ\">@CIJ_ICJ<\/a>\u00a0 sobre el litigio lim\u00edtrofe con Nicaragua. Reiteramos que en la defensa de los intereses de nuestro pa\u00eds no hay colores pol\u00edticos ni partidistas, aqu\u00ed todos somos Colombia&#8221;.<\/p>\n<p><strong>Estamos satisfechos: Arrieta<\/strong><\/p>\n<p>El jefe del equipo de defensa colombiano, Carlos Gustavo Arrieta, explic\u00f3 que si bien el fallo es un llamado de atenci\u00f3n a Colombia no les es adverso y, por el contrario, hubo algunos logros, por lo que &#8220;Colombia est\u00e1\u00a0muy satisfecha&#8221;.<\/p>\n<p>As\u00ed, Arrieta destac\u00f3 \u201cen primer lugar que la Corte no dijo que Colombia hab\u00eda incumplido el fallo de 2012 y \u201cpor consiguiente ello que era cr\u00edtico para Colombia no lo reconoci\u00f3 Colombia. Segundo, la Corte reconoci\u00f3 el principio de libertad de navegaci\u00f3n y el derecho que tiene, a trav\u00e9s de la Armada Nacional, de\u00a0 hacer presencia en aguas\u00a0 alrededor de San Andr\u00e9s y Providencia y en el caribe occidental as\u00ed como el derecho que tiene de realizar operaciones relacionadas con la lucha contra el tr\u00e1fico de estupefacientes y el crimen organizado en general. Esto repito, tambi\u00e9n es un gran \u00e9xito en la estrategia de defensa de Colombia y materia de orgullo, en cuanto se trata de un tema de gran relevancia internacional&#8221;.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3\u00a0que &#8220;en tercer lugar, y contra lo que sosten\u00eda Nicaragua, la Corte reconoci\u00f3 que todas las islas y cayos colombianos en el Caribe tienen derecho a una zona contigua de 12 millas n\u00e1uticas m\u00e1s all\u00e1 de las 12 millas del mar territorial, lo cual es de enorme relevancia, en la medida que nos permite reintegrar el archipi\u00e9lago, cuya integridad se vio afectada por la decisi\u00f3n de la Corte en el a\u00f1o 2012.\u00a0 La Corte en efecto solicito que hici\u00e9ramos algunos ajustes al decreto en cuanto a la extensi\u00f3n en algunos lados, pero en esencia mantuvo el concepto de integralidad de la figura de zona contigua y la posibilidad de ser un instrumento de reintegraci\u00f3n del archipi\u00e9lago&#8221;<\/p>\n<p>Continu\u00f3 leyendo el primer pronunciamiento colombiano tras el fallo agregando que &#8220;En cuarto lugar, y esto es muy importante, la Corte reconoci\u00f3 que la comunidad raizal tiene unos derechos de pesca y de tr\u00e1nsito alrededor del archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s y Providencia que deben ser reconocidas y protegidas por los Estados. Esto es de gran importancia para la comunidad, pues Nicaragua hab\u00eda negado por completo su existencia. Quinto, Colombia declar\u00f3 que el decreto de puntos uy l\u00edneas de base recta de Nicaragua es contrario al derecho internacional y violatorio del mismo y que desconoce los derechos de Colombia, por consiguiente, solicito a Nicaragua reformarlo.&#8221;<\/p>\n<p>Arrieta fue enf\u00e1tico en se\u00f1alar que &#8220;La Corte no acepto la peculiar pretensi\u00f3n de Nicaragua de mantener su jurisdicci\u00f3n para continuar conociendo el estado del proceso y, adem\u00e1s, eso es cr\u00edtico, tampoco acept\u00f3 la solicitud de ese pa\u00eds de decretar compensaciones a su favor&#8221;<\/p>\n<p>Finalmente indic\u00f3 que &#8220;eEs importante si se\u00f1alar que la Corte indic\u00f3 que Colombia incumpli\u00f3 el derecho internacional en algunas pocas operaciones por parte de embarcaciones en Colombia, sin embargo, Nicaragua pretendi\u00f3 una condena por un n\u00famero ilimitado de casos que nunca ocurrieron. En este caso particular, m\u00e1s all\u00e1 de un llamado de atenci\u00f3n la Corte no estableci\u00f3 ninguna consecuencia para estas situaciones. \u00a0En general el balance de esta decisi\u00f3n es muy favorable para Colombia\u201d.<\/p>\n<p>Fuente y Fotograf\u00eda Elnuevosiglo.com<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/article>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<p><\/main><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la ONU dictamin\u00f3 este jueves que Colombia debe &#8220;cesar inmediatamente&#8221; las interferencias en aguas del mar Caribe que ese tribunal reconoce como pertenecientes a la zona econ\u00f3mica exclusiva de Nicaragua. 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