{"id":43512,"date":"2022-10-12T09:04:46","date_gmt":"2022-10-12T14:04:46","guid":{"rendered":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/?p=43512"},"modified":"2022-10-12T09:04:46","modified_gmt":"2022-10-12T14:04:46","slug":"se-deben-corregir-errores-del-proyecto-de-reforma-tributaria-andi","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/se-deben-corregir-errores-del-proyecto-de-reforma-tributaria-andi\/","title":{"rendered":"Se deben corregir errores del proyecto de reforma tributaria: ANDI"},"content":{"rendered":"<figure id=\"attachment_43514\" aria-describedby=\"caption-attachment-43514\" style=\"width: 311px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-43514\" src=\"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Bruce-Mac-Master-Pensativo-311x192.jpg\" alt=\"\" width=\"311\" height=\"192\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-43514\" class=\"wp-caption-text\">elnuevosiglo.com<\/figcaption><\/figure>\n<p>En los \u00faltimos d\u00edas, el asombro y la expectativa de los empresarios por la reforma tributaria que cursa en el Congreso\u00a0se han trasladado hacia una inconformidad por la omisi\u00f3n del Gobierno a las propuestas realizadas por la Asociaci\u00f3n de Empresarios de Colombia (ANDI).<\/p>\n<p>Esta inconformidad se ha revelado de diversas maneras, tanto en los debates, donde participaron varios gremios m\u00e1s, como en los diversos comunicados emitidos por la ANDI.<\/p>\n<p>El \u00faltimo fue firmado por la Junta de Direcci\u00f3n General de la ANDI, quienes representan a m\u00e1s de 1.500 afiliados de diferentes sectores econ\u00f3micos y productivos en todo el pa\u00eds, incluyendo emprendedores y empresas medianas y grandes.<\/p>\n<p>En ese sentido, reiteran que piden un espacio de di\u00e1logo con el Gobierno y le solicitan enmendar sus errores frente a lo aprobado en d\u00edas anteriores.<\/p>\n<p>EL NUEVO SIGLO tuvo acceso a los cambios y recomendaciones que la ANDI le plante\u00f3 al Gobierno y que no presentaron variaciones significativas con respecto al texto inicial y que son:<\/p>\n<p><strong>1.- \u00bfEs necesaria la tributaria?<\/strong><\/p>\n<p>Para la agremiaci\u00f3n, los primeros interrogantes surgieron al analizar los datos macroecon\u00f3micos de este proyecto de ley.\u00a0Por ello, desde el principio su postura fue: \u201c\u00bfEs necesaria una reforma tributaria de esta magnitud?\u201d.<\/p>\n<p>Otras dudas que surgieron fueron por la premura en la presentaci\u00f3n del proyecto. &#8220;\u00bfLa urgencia de la reforma es tal que no podemos darnos el tiempo para hacer un an\u00e1lisis juicioso? \u00bfSe cuenta con un an\u00e1lisis detallado de los gastos en los cuales se va a focalizar esta reforma? \u00bfEn materia de gasto se tiene previsto alg\u00fan recorte?\u201d, dice el informe.<\/p>\n<p>Tras estos primeros cuestionamientos, se le plantearon al Gobierno estos cambios frente al proyecto presentado:<\/p>\n<p><strong>2.- Tarifa combinada<\/strong><\/p>\n<p>Un indicador que relaciona la tarifa empresarial con las decisiones de inversi\u00f3n de las personas naturales est\u00e1 dado por la tarifa combinada renta-dividendos, que incluye tanto lo que paga directamente la persona natural como lo que paga indirectamente a trav\u00e9s de la empresa. \u201cEste indicador arroja una tarifa combinada de 60,4 %, lo que, a no dudarlo, es muy alto\u201d, reza el texto.<\/p>\n<p>Es por eso que la ANDI propon\u00eda acabar con esta doble tributaci\u00f3n. \u201cEn estas circunstancias, la propuesta de reforma tributaria se va a traducir en un desest\u00edmulo claro a la inversi\u00f3n y por consiguiente en una limitante a nuestro crecimiento futuro. Por ello, consideramos que el pa\u00eds no soportar\u00eda una reforma de esta magnitud. Si se insiste en la necesidad de percibir nuevos recursos, se podr\u00eda pensar en una reforma que no supere los $8 billones para cumplir con los planes del Gobierno y la sostenibilidad de las finanzas p\u00fablicas, sin afectar la competitividad del pa\u00eds, la inversi\u00f3n, el consumo y el ahorro de los trabajadores\u201d, explicaban.<\/p>\n<p><strong>3.- Tarifa de renta para personas jur\u00eddicas<\/strong><\/p>\n<p>De acuerdo con el art\u00edculo 92 de la Ley 2010 de 2020, la tarifa del impuesto de renta prevista para las personas jur\u00eddicas para el a\u00f1o gravable 2022 era del 30 %. Esta tarifa fue modificada por la Ley 2155 de 2021 y ello como consecuencia de la pandemia del coronavirus covid-19.<\/p>\n<p>Para la agremiaci\u00f3n, las medidas que se tomen en relaci\u00f3n con el impuesto sobre la renta de personas jur\u00eddicas \u201cno deben aumentar el recaudo o la presi\u00f3n tributaria total consolidada sobre el aparato productivo (hoy del 4.6 % del PIB)\u201d.<\/p>\n<p><strong>4.- Tarifa especial para dividendos<\/strong><\/p>\n<p>Siguiendo en el mismo segmento de grav\u00e1menes, para la ANDI \u201clas propuestas del proyecto de ley relacionadas con la tarifa especial para dividendos o participaciones tendr\u00edan como efecto unas tarifas mixtas (sociedad-socio) muy elevadas, lo cual afectar\u00eda gravemente la inversi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Por eso ped\u00eda que estas nuevas tarifas que aplicar\u00edan sobre todas las reservas de utilidades de a\u00f1os anteriores\u00a0no deber\u00edan aplicar para las utilidades del a\u00f1o 2022 y anteriores. Esto con el fin de que se preservara el tratamiento tributario correspondiente al a\u00f1o en que se gener\u00f3 la utilidad.<\/p>\n<p>\u201cNo debe olvidarse, por ejemplo, que no hay gravamen sobre los dividendos provenientes de utilidades generadas en el a\u00f1o 2016 y anteriores\u201d, esgrime el texto. Por lo que la conclusi\u00f3n para el Ministerio de Hacienda fue: \u201cLa ANDI solicita no modificar la tarifa actual sobre dividendos y participaciones\u201d.<\/p>\n<p><strong>5.- Ganancia ocasional para sociedades<\/strong><\/p>\n<p>La tarifa propuesta en el proyecto generar\u00eda dificultades para la reposici\u00f3n de activos fijos de las empresas para mejorar su productividad. Adem\u00e1s, tendr\u00eda un impacto negativo en los resultados de las empresas en el a\u00f1o 2022 por el cambio de tarifa aplicada al impuesto diferido para muchos activos fijos, como los terrenos.<\/p>\n<p>La ANDI, por tanto, estima que la tarifa actual debe mantenerse. De insistirse en reformar la tarifa, deber\u00eda dejarse una previsi\u00f3n que permita llevar el mayor valor del impuesto diferido generado por el eventual cambio de tarifa contra las cuentas de patrimonio<\/p>\n<p><strong>6.- Impuesto de industria y comercio<\/strong><\/p>\n<p>No permitir el descuento en renta del 50 % del impuesto de industria y comercio tiene un impacto significativo para todas las empresas, en especial para las que presentan baja rentabilidad y altos vol\u00famenes de ventas. De all\u00ed que la ANDI solicit\u00f3 mantener el r\u00e9gimen actual. Es de reiterar que toda eliminaci\u00f3n de beneficios debe compensarse con una disminuci\u00f3n de la tarifa nominal del impuesto de renta.<\/p>\n<p><strong>7.- Base gravable del impuesto al patrimonio<\/strong><\/p>\n<p>Para la ANDI, el\u00a0impuesto al patrimonio calculado sobre el valor intr\u00ednseco de las acciones perjudica a los socios m\u00e1s antiguos y tambi\u00e9n har\u00eda que las utilidades generadas en el a\u00f1o 2022 terminen siendo nuevamente gravadas, aumentando el gravamen consolidado sociedad-socio. La valoraci\u00f3n comercial de otros bienes hace suficientemente amplia la base gravable del impuesto.<\/p>\n<p>\u201cEn este sentido, la propuesta es mantener como base gravable el costo hist\u00f3rico en caso de que este impuesto al patrimonio sea adoptado\u201d, pidieron los empresarios.<\/p>\n<p>Para los expertos de la agremiaci\u00f3n, \u201cel cambio que propone el proyecto de ley afectar\u00eda a los emprendedores, dado que las nuevas empresas precisan de un per\u00edodo largo para su consolidaci\u00f3n econ\u00f3mica. Al comienzo, su capacidad financiera y flujo de caja son escasos. Cualquier carga adicional pone en riesgo su supervivencia\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed que en su propuesta pidieron que el Gobierno \u201cdeber\u00eda tener en cuenta que el impuesto al patrimonio siempre se ha pensado como una medida estrictamente temporal, pues supone un castigo al ahorro (que ya pag\u00f3 impuestos) y la inversi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p><strong>8.- Aumento de los pagos digitales<\/strong><\/p>\n<p>Uno de las inserciones que ped\u00eda la ANDI era la de los pagos digitales. Pues un objetivo de la reforma es avanzar en la formalizaci\u00f3n y luchar contra la evasi\u00f3n, por ello argumentan que \u201clos pagos digitales brindan transparencia e informaci\u00f3n que favorece no solo las labores de fiscalizaci\u00f3n, sino la inclusi\u00f3n financiera de quienes se encuentran marginados. Son los medios de pago como las tarjetas d\u00e9bito y cr\u00e9dito, los que\u00a0primeramente generan informaci\u00f3n sobre el comportamiento de un consumidor individual. No obstante, estas son sujetas a la retenci\u00f3n en la fuente, imponiendo un mayor costo a los pagos digitales\u201d, explicaban.<\/p>\n<p>Ante ello, el empresariado le pide al Gobierno que, en materia del impuesto sobre la renta, los pagos realizados mediante el uso de tarjetas d\u00e9bito y cr\u00e9dito, por concepto de adquisici\u00f3n de bienes y\/o servicios, susceptibles de constituir un ingreso tributario para los beneficiarios, est\u00e9n sujetos a retenci\u00f3n en la fuente a la tarifa del 1,5 %.<\/p>\n<p>\u201cA esto se suma que se practica tambi\u00e9n una retenci\u00f3n a t\u00edtulo de ICA. La implementaci\u00f3n de retenciones en la fuente a t\u00edtulo de renta e ICA es sin duda un desincentivo para la formalizaci\u00f3n econ\u00f3mica y la bancarizaci\u00f3n\u201d, a\u00f1adieron.<\/p>\n<p><strong>9.- Impuesto al sector minero energ\u00e9tico<\/strong><\/p>\n<p>En su exposici\u00f3n, la ANDI dijo que se quiere\u00a0marchitar el sector minero energ\u00e9tico. \u201cEs una versi\u00f3n demasiado maquiav\u00e9lica de las finanzas p\u00fablicas. Nunca se le han extra\u00eddo tantos recursos al sector minero energ\u00e9tico. Me parece incre\u00edblemente ego\u00edsta e incre\u00edblemente miope que se olvide que despu\u00e9s del a\u00f1o 2026 Colombia debe tratar de seguir funcionando, siendo este sector el que ha mantenido las finanzas p\u00fablicas del pa\u00eds durante los \u00faltimos 15 a\u00f1os.\u00a0Quitaron el impuesto a las exportaciones de ese sector, pero le adicionaron a cambio una sobretasa. Eso es insistir en acabar con el empleo y lo que produce ese sector&#8221;, aseguraron.<\/p>\n<p><strong>10.- Ultraprocesados y bebidas azucaradas<\/strong><\/p>\n<p>Consideran los empresarios que el gravamen a\u00a0los ultraprocesados afectar\u00eda directamente a 26.938 empresas que producen los alimentos indicados en las 18 categor\u00edas establecidas en el proyecto de ley, de las cuales 97.8 % son micro y peque\u00f1as empresas que se encuentran en todos los departamentos del pa\u00eds. La ANDI no considera pertinente este gravamen y debe eliminarse del proyecto&#8221;.<\/p>\n<p>Fuente y Fotograf\u00eda Elnuevosiglo.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos d\u00edas, el asombro y la expectativa de los empresarios por la reforma tributaria que cursa en el Congreso\u00a0se han trasladado hacia una inconformidad por la omisi\u00f3n del Gobierno a las propuestas realizadas por la Asociaci\u00f3n de Empresarios de Colombia (ANDI). 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