{"id":51076,"date":"2024-04-01T06:57:48","date_gmt":"2024-04-01T11:57:48","guid":{"rendered":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/?p=51076"},"modified":"2024-04-01T06:57:48","modified_gmt":"2024-04-01T11:57:48","slug":"aliste-el-bolsillo-los-6-impuestos-que-se-deben-pagar-desde-este-mes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/aliste-el-bolsillo-los-6-impuestos-que-se-deben-pagar-desde-este-mes\/","title":{"rendered":"\u00a1Aliste el bolsillo! Los 6 impuestos que se deben pagar desde este mes"},"content":{"rendered":"<div class=\"field__item\">\n<div class=\"paragraph paragraph--type--free-text paragraph--view-mode--default\">\n<div class=\"clearfix text-formatted field field--name-field-free-text field--type-text-long field--label-hidden field__item\">\n<figure id=\"attachment_51077\" aria-describedby=\"caption-attachment-51077\" style=\"width: 300px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-51077\" src=\"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/08AL-INFORME-IMPUESTOS-ABRIL-01-300x230.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"230\" srcset=\"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/08AL-INFORME-IMPUESTOS-ABRIL-01-300x230.jpg 300w, https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/08AL-INFORME-IMPUESTOS-ABRIL-01-1024x787.jpg 1024w, https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/08AL-INFORME-IMPUESTOS-ABRIL-01-768x590.jpg 768w, https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/08AL-INFORME-IMPUESTOS-ABRIL-01.jpg 1126w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-51077\" class=\"wp-caption-text\">elnuevosiglo.com<\/figcaption><\/figure>\n<p>Desde este mes, los colombianos deber\u00e1n reunir los recursos para el pago de impuestos, tal como lo exigen las normas tributarias, principalmente de las personas naturales. A partir del segundo trimestre del a\u00f1o, comienza la temporada de impuestos, de esta manera es importante conocer esta informaci\u00f3n \u00fatil a considerar por estas fechas.<\/p>\n<p>Los usuarios del sistema de impuestos deben tener en cuenta que este a\u00f1o ser\u00e1 el primero en el que se aplicar\u00e1n las modificaciones introducidas por la reforma tributaria de 2022. Por consiguiente, resulta crucial abordar con previsi\u00f3n las obligaciones tributarias, asegur\u00e1ndose de recopilar los documentos necesarios, cumplir con los plazos establecidos y evitar posibles sanciones o intereses moratorios.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"field__item\">\n<div class=\"paragraph paragraph--type--free-text paragraph--view-mode--default\">\n<div class=\"clearfix text-formatted field field--name-field-free-text field--type-text-long field--label-hidden field__item\">\n<p>Las declaraciones a cargo de las personas dependen de su situaci\u00f3n espec\u00edfica y podr\u00edan incluir la declaraci\u00f3n del impuesto predial, de veh\u00edculos, el reporte de informaci\u00f3n ex\u00f3gena, declaraci\u00f3n de renta y declaraci\u00f3n de activos en el exterior.<\/p>\n<p>Es por esto que EY Colombia, firma experta en servicios profesionales de auditor\u00eda, impuestos, consultor\u00eda, estrategia y transacciones, record\u00f3 que el calendario tributario para algunas personas naturales podr\u00eda resumirse de la siguiente manera:<\/p>\n<h2>1.- Impuesto predial<\/h2>\n<p>Las fechas de pago del impuesto predial en el pa\u00eds son: Bogot\u00e1: abril 26, con descuento del 10%; Barranquilla: abril 5, con descuento del 10% y mayo 31, con descuento del 5%; Bucaramanga: marzo 31, con descuento del 20%. Cali: abril 30, con descuento del 15%. Cartagena: marzo 31, con descuento del 20%. Abril 30, con descuento del 10%. Medell\u00edn: marzo 27, con 5% de descuento. Santa Marta: marzo 31, con 20% de descuento.<\/p>\n<p>En Bogot\u00e1, la Secretar\u00eda Distrital de Hacienda -SDH- habilit\u00f3 el bot\u00f3n descarga y paga para que los contribuyentes puedan cumplir con su obligaci\u00f3n de manera \u00e1gil ingresando a la p\u00e1gina de la entidad www.haciendabogota.gov.co.<\/p>\n<p>Para acceder a la factura desde el bot\u00f3n de descarga, los ciudadanos deber\u00e1n escoger \u2018Predial\u2019 en el tipo de impuesto, diligenciar el tipo y n\u00famero de documento del titular del impuesto, digitar los datos del CHIP, seleccionar la validaci\u00f3n de seguridad captcha y aceptar la pol\u00edtica de tratamiento de datos.<\/p>\n<p>En Bogot\u00e1 hay 2.817.536 predios que deben cumplir con este tributo, que tiene como meta para este a\u00f1o superar los $4,4 billones de recaudo.<\/p>\n<h2>2.- Informaci\u00f3n ex\u00f3gena<\/h2>\n<p>El reporte de informaci\u00f3n ex\u00f3gena o en medios magn\u00e9ticos debe ser presentado por las personas que cumplieron lo siguiente: En 2022 o 2023 tuvieron ingresos brutos de al menos $500 millones y percibieron en 2023 ingresos de al menos $100 millones por rentas de capital y\/o no laborales en los t\u00e9rminos de la ley tributaria.<\/p>\n<p>Ambas condiciones deber\u00edan cumplirse para concluir que la persona debe reportar esta informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para determinar si se cumple la primera condici\u00f3n de los $500 millones deben incluirse eventuales ventas de bienes. Tal es el ejemplo de personas que hayan vendido un inmueble; el precio de venta (no la utilidad obtenida en esa venta) debe sumarse a los otros ingresos del a\u00f1o, a fin de confirmar o descartar que se haya cumplido esta condici\u00f3n.<\/p>\n<p>3.- Impuesto al patrimonio<\/p>\n<p>Este impuesto fue creado de manera permanente por la reforma tributaria de 2022. De acuerdo con la Associate Partner de impuestos de EY Colombia \u00c1ngela Gonz\u00e1lez, esta declaraci\u00f3n deber\u00e1 ser presentada desde el 10 de mayo -entre otros- por las personas que, a el 1 de enero de 2024, ten\u00edan un patrimonio l\u00edquido, resultante de considerar la totalidad de sus bienes menos deudas, valorado fiscalmente en al menos $3.388 millones.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n y el pago del primer 50% del impuesto al patrimonio deber\u00e1n hacerse a m\u00e1s tardar entre el 10 y el 24 de mayo, dependiendo del \u00faltimo d\u00edgito del N\u00famero de Identificaci\u00f3n Tributaria (NIT) de la persona. El pago de la segunda cuota se har\u00e1 el 13 de septiembre como \u00fanica fecha.<\/p>\n<h2>4.- Declaraci\u00f3n de renta<\/h2>\n<p>La declaraci\u00f3n de renta a presentarse en el segundo semestre de 2024 es la primera que se har\u00e1 en vigencia de las modificaciones que introdujo la reforma tributaria de 2022. Dado que esta reforma afect\u00f3 de manera importante a las personas, es previsible que a ciertos contribuyentes se les generen incrementos importantes en el valor del impuesto a pagar.<\/p>\n<p>Las fechas que las personas deben tener en cuenta es que es tributo se debe pagar desde el 12 de agosto.<\/p>\n<h2>5.- Impuesto vehicular<\/h2>\n<p>El impuesto vehicular lo asumen los propietarios de automotores nuevos, usados y los que circulen temporalmente por las v\u00edas del Estado. El monto podr\u00eda corresponder al 1,5 %; 2,5 % o 3,5 % del valor comercial del mismo.<\/p>\n<p>Sin embargo, hay un grupo que disfruta de un factor de operaci\u00f3n econ\u00f3mico porque est\u00e1n exentos de dicho pago gracias a la Ley 488 de 1998, que contempla que las motos con un motor de menos de 125 c.c. de cilindrada solo deben contribuir con derechos de semaforizaci\u00f3n, en caso de estar matriculado en Bogot\u00e1.<\/p>\n<p>Entre los veh\u00edculos de dos ruedas que est\u00e1n beneficiados, aparecen varias marcas que se vendieron durante 2023 y otras que han permanecido en el mercado por su eficiencia, estas son AKT NKD 125, Suzuki GN 125, Bajaj CT 100, Yamaha XTZ 125, Victory Nitro 125, Honda CB 125F y Kymco Twist 125.<\/p>\n<p>Dichas motos son muy llamativos, pues son muy asequibles tanto para zonas rurales como urbanas, dado que tienen un buen desempe\u00f1o.<\/p>\n<p>De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, los conductores que no pagan el impuesto por transitar en las v\u00edas del pa\u00eds son, las bicicletas, motonetas, y motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindrada; Los tractores para trabajo agr\u00edcola, trilladoras y dem\u00e1s maquinaria agr\u00edcola; Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcci\u00f3n de v\u00edas p\u00fablicas; Veh\u00edculos y maquinaria de uso industrial que por sus caracter\u00edsticas no est\u00e9n destinados a transitar por las v\u00edas de uso p\u00fablico o privadas abiertas al p\u00fablico; Los veh\u00edculos de transporte p\u00fablico de pasajeros y de carga. Veh\u00edculos de uso oficial pertenecientes a las Fuerzas Armadas, la Polic\u00eda Nacional y la administraci\u00f3n p\u00fablica, automotores adquiridos por personas con discapacidad y veh\u00edculos con m\u00e1s de 30 a\u00f1os de antig\u00fcedad.<\/p>\n<p>Los plazos en el pa\u00eds para este tributo son: Bogot\u00e1: 24 de mayo, con descuento. Barranquilla: 5 de julio, sin descuento. Bucaramanga: 1 de abril, con descuento del 10%. Cali: 30 de abril deben pagar placas entre 000 y 333. 31 de mayo, carros con placas entre 334 y 666. Por \u00faltimo, 28 de junio, carros con placas comprendidas entre 667 y 999. Cartagena: 31 de marzo, con descuento del 20%. Medell\u00edn: 19 de abril, con 10% de descuento y Santa Marta: primera semana de abril con 10% de descuento.<\/p>\n<h2>6.- Declaraci\u00f3n de activos en el exterior<\/h2>\n<p>Este impuesto deber\u00e1 pagarse desde el 12 de agosto. El art\u00edculo 63 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 modific\u00f3 el inciso primero del art\u00edculo 607 del Estatuto Tributario \u2013ET\u2013 con el prop\u00f3sito de establecer que no solo ser\u00edan responsables de presentar la declaraci\u00f3n anual de activos en el exterior los contribuyentes del impuesto de renta, sino tambi\u00e9n aquellos contribuyentes de reg\u00edmenes sustitutivos del impuesto de renta, tal como es el caso del r\u00e9gimen simple de tributaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por lo anterior, para el a\u00f1o gravable 2024 los contribuyentes del r\u00e9gimen simple que al 1 de enero de 2024 posean activos en el exterior cuyo valor patrimonial supere las 2.000 UVT ($94.130.000 por 2024) deber\u00e1n emplear el formulario 160 para presentar la declaraci\u00f3n anual de activos en el exterior.<\/p>\n<h2>Las certificaciones tributarias<\/h2>\n<p>En cuanto a las certificaciones tributarias, es necesario reunir los documentos y certificados que permiten a las personas determinar cu\u00e1les son las obligaciones que tendr\u00e1n que cumplir en lo que resta del a\u00f1o. A prop\u00f3sito, el plazo que tienen las entidades como bancos, empleadores, etc., para expedir los certificados tributarios era el 27 de marzo.<\/p>\n<p>\u201cEs importante determinar con antelaci\u00f3n las obligaciones tributarias que se tienen, a fin de hacer una adecuada preparaci\u00f3n de los reportes, cumplir con los plazos establecidos y disminuir la probabilidad de incurrir en ciertas sanciones o intereses moratorios por presentaci\u00f3n tard\u00eda\u201d concluy\u00f3 la Associate Partner de impuestos de EY Colombia \u00c1ngela Gonz\u00e1lez.<\/p>\n<p>Destacado<\/p>\n<p>Este a\u00f1o ser\u00e1 el primero en el que se aplicar\u00e1n las modificaciones introducidas por la reforma tributaria de 2022<\/p>\n<p>Fuente y Fotograf\u00eda Elnuevosiglo.com<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde este mes, los colombianos deber\u00e1n reunir los recursos para el pago de impuestos, tal como lo exigen las normas tributarias, principalmente de las personas naturales. A partir del segundo trimestre del a\u00f1o, comienza la temporada de impuestos, de esta manera es importante conocer esta informaci\u00f3n \u00fatil a considerar por estas fechas. Los usuarios del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":51077,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4897,168,51],"tags":[11021,190,1034,6310,1244,14784,2265,3270,11042,238],"class_list":["post-51076","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia","category-generales","category-nacional","tag-declaracion-de-renta","tag-dian","tag-impuesto-predial","tag-impuesto-vehicular","tag-impuestos","tag-informacion-exogena","tag-nacional","tag-pagos","tag-personas-naturales","tag-radio-noticias-casanare"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51076","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51076"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51076\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":51078,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51076\/revisions\/51078"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/51077"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51076"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51076"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radionoticiascasanare.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51076"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}