
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 0639 de 2025 a través del cual el gobierno del presidente Gustavo Petro pretendía convocar una consulta popular pese a que el Senado hundió la propuesta inicial 49 votos a favor y 47 en contra.
De acuerdo con la Sección Quinta, se encontró fundamento para frenar los efectos de la norma mientras decide de fondo.
«Debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe», según el fallo.
Los magistrados de la Sección Quinta ratificaron su plena competencia para abordar el estudio del “Decretazo” con el que el Gobierno pretendía desconocer la decisión del Senado argumentando varias irregularidades.
Para el alto tribunal, se abordó el estudio de la demanda contra la norma que lleva las firmas del jefe de Estado y de los 19 miembros del gabinete ministerial, con base en lo dispuesto por el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y de varias decisiones internas del mismo Consejo de Estado.
Según la decisión, existe una falta en la actuación del Ejecutivo: el artículo 104 de la Carta Política impone como requisito la aprobación de la plenaria del Senado, que en este caso no exista porque en la votación del 14 de mayo se negó la convocatoria.
Por su parte, Gobierno ha sostenido la tesis de que no hubo una decisión del Senado por cinco presuntos vicios de fondo.
Incluso, el Ejecutivo pretendía excluir al Consejo de Estado del estudio jurídico del Decretazo y limitarlo a la Corte Constitucional, en el entendido de que esa revisión supuestamente debía ser posterior a la consulta.
El propio presidente Petro dijo, al expedirse la norma, que esta fue enviada a la Corte Constitucional para su análisis.
La decisión de este miércoles no afecta el trámite que hará la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a la solicitud del registrador Hernán Penagos para que emita un concepto frente a la legalidad de la convocatoria de la consulta popular.
Reacciones
El senador de Cambio Radical Carlos Fernando Motoa destacó la decisión del Consejo de Estado: “El Gobierno debe cambiar rápidamente de asesores jurídicos. El “Decretazo” es inconstitucional y lo que ha hecho el Consejo de Estado con la demanda que presentamos es respetar la separación de poderes y calmar los ánimos de dictador que ha mostrado el presidente Gustavo Petro”.
En seguida el presidente Petro le respondió al congresista con lo que se refirió así mismo a la decisión del Consejo de Estado: “Ni lo uno, ni lo otro. Ni el consejo de estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesito cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad, solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto que entregué fué a la Corte Constitucional”.
“Pero ya la discusión no es jurídica. El congreso tiene su última palabra, después de llegados al resultado final”, señaló el jefe de Estado.
Y puntualizó señalando: “Claro que la mesa directiva de senado, puede usar la suspensión, para detener la conciliación y acabar con los derechos recién adquiridos por millones de trabajadores de Colombia, o puede cumplir su palabra; ya no es ante mí, como presidente, es ante el pueblo, y no es una amenaza, el pueblo tendrá la última palabra, porque es el poder soberano, el verdadero dueño del poder”.
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