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Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc sanciona a AsoSubastas y 16 de sus afiliados por violación a la libre competencia

El Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc, Francisco Reyes Villamizar, mediante Resolución 4191 de febrero de 2017 sancionó a la Asociación de Subastas Ganaderas de Colombia y a 16 de sus afiliados por violación a la libre competencia.

Reyes Villamizar actuando en ejercicio de sus facultades legales en materia de protección de la competencia y de los consumidores determinó aplicar dichas multas tras conocer el informe del Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia, Jorge Enrique Sánchez Medina, quien el 19 de diciembre de 2016 recomendó sancionar a la Asosubastas y 16 Subastas Ganaderas del país, por haber realizado un acuerdo de precios sobre la comisión que se les cobra a los compradores de ganado.

El funcionario dijo que las sanciones han sido aplicadas según el grado de responsabilidad y gravedad a  la violación legal siendo multadas las siguientes por un valor total de $2.692 millones

 

De acuerdo con la resolución, las mencionadas sociedades formaron un cartel empresarial para fijar, coordinada y artificialmente, una comisión que se les cobraba a quienes compraban ganado en subastas públicas.

En la misma resolución el superintendente Reyes Villamizar sancionó a los 17 representantes legales, quienes, según su texto, colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron o toleraron el diseño de este esquema, en violación de la Constitución y de la ley. Las multas, impuestas, graduadas conforme a la gravedad de la violación legal, son las siguientes:

El valor de la sanción deberá acreditarse ante la pagaduría de la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ejecutoria de la resolución mencionada, so pena de que se causen intereses moratorios a una tasa del 12% anual.

La investigación se inició como consecuencia de una serie de quejas presentadas por un presunto acuerdo de precios entre las subastas ganaderas. Posteriormente, la delegatura ordenó comenzar las averiguaciones, con el fin de determinar las presuntas conductas anticompetitivas denunciadas.

La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se fundamenta en múltiples pruebas documentales, entre las que se destacan:

El acta de la asamblea general de accionistas de Asosubastas, correspondiente a la reunión del 27 de febrero de 2012, en la que las subastas ganaderas asistentes acordaron por unanimidad cobrar una comisión a los compradores de ganado en las subastas ganaderas

El reglamento denominado “Normas para la Comercialización de Ganado en Subastas como Organizaciones de Intermediación Comercial”, en el cual Asosubastas estableció las políticas y normas de funcionamiento que deberían observarse en sus subastas asociadas en el desarrollo de su actividad.

En dicho documento se incluye la obligación de cobrarle al comprador la tarifa previamente autorizada, así como la prohibición de modificar unilateralmente dicha comisión o cualquier otra de las autorizadas por la asociación

Múltiples actas de junta directiva de varias subastas ganaderas, que dan cuenta de la puesta en marcha el acuerdo de precios en el mercado. Contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc procede recurso de reposición.

Fuente y Fotografía Superintendencia de Industria y Comercio – Radio Noticias Casanare

 

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com