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Con el propósito de evitar que se registren hechos que afecten la tranquilidad y vulneren los derechos de los yopaleños la Alcaldía Municipal reguló a través del Decreto 295 del 2023 el uso, venta y distribución de pólvora durante el mes de diciembre en el municipio.

En Yopal está prohibida la venta de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos a menores de edad y a personas que se encuentren en estado de embriaguez. En caso de ser sorprendido un menor manipulando estos elementos, será puesto a disposición de un defensor de familia.

Otra de las restricciones establecida en el Decreto 295 reposa en su Artículo 3, en el cual se restringe la venta de pólvora, fuegos artificiales o juegos pirotécnicos en lugares ubicados a menos de 100 metros de puentes peatonales, hospitales, centros de salud, estaciones de servicios de combustibles o en zonas residenciales.

Es de anotar que en el municipio está prohibida la venta ambulante, estacionaria o informal de cualquiera de estos elementos.

También está prohibida la comercialización, producción, almacenamiento, uso y disposición de artefactos pirotécnicos o juegos artificiales en áreas ambientalmente protegidas, entre ellas el Parque La Iguana de Yopal.

Aquellas personas o establecimientos de comercio que infrinjan lo establecido en el Decreto, serán sancionadas de acuerdo a los establecido en la Ley 670 de 2001, la Ley 1801 de 2016 y el Código Nacional de Policía. Estas sanciones podrían ser de tipo económico o de suspensión temporal de la actividad comercial. 

Fuente y Fotografía Alcaldía de Yopal

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Por Luisa Fernanda Arias

Periodista Colombiana y Editora del Portal Web www.radionoticiascasanare.com