La Alcaldía de Yopal confirmó, en segunda instancia, la decisión adoptada dentro de un proceso policivo relacionado con intervenciones realizadas en el predio denominado La Manareña, ubicado en el corregimiento de El Charte. La resolución establece una sanción económica de $350 millones, además de medidas relacionadas con las obras y actuaciones urbanísticas identificadas en el terreno.
La decisión está contenida en la Resolución 333 del 11 de agosto de 2026, mediante la cual el alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruíz resolvió un recurso de apelación contra la decisión adoptada inicialmente por el corregidor del Charte dentro del proceso policivo 2025-031.
De acuerdo con el documento, la actuación se originó luego de una inspección realizada al predio, en la que fueron identificadas intervenciones que, según las autoridades, no correspondían únicamente a actividades agrícolas.
Entre los hechos consignados en el expediente aparecen movimientos de tierra, parcelación, delimitación y separación de terrenos, apertura de vías y construcción de accesos, actuaciones que llevaron a las autoridades a considerar que existían comportamientos contrarios a la integridad urbanística.
La resolución señala, además, que en el terreno se evidenciaron trabajos asociados con la preparación de vías internas y división de áreas, elementos que fueron considerados dentro del proceso para determinar la existencia de actuaciones urbanísticas sin la correspondiente autorización.
La decisión contra INDECO S.A.S.
Formalmente, la persona jurídica vinculada al proceso y sobre la cual recae la decisión es INDECO S.A.S., sociedad representada legalmente por Linda Isabel Torres Zubieta.
La Alcaldía confirmó las medidas adoptadas en primera instancia y ordenó dar cumplimiento a las actuaciones correspondientes dentro del proceso policivo. Entre las determinaciones se encuentra la sanción económica y las medidas relacionadas con las intervenciones realizadas en el predio.
La decisión también establece restricciones frente a la realización de nuevas actuaciones que permitan consolidar el desarrollo urbanístico cuestionado, mientras las autoridades competentes determinan las condiciones legales del terreno.
Uno de los aspectos centrales del expediente es que la administración municipal no tomó la decisión únicamente a partir de la existencia de divisiones físicas del predio, sino a partir del conjunto de intervenciones documentadas durante las visitas y actuaciones administrativas.
El papel de John Jairo Torres
Aunque INDECO S.A.S. es la sociedad formalmente vinculada y sancionada dentro de la actuación administrativa, el nombre de John Jairo Torres ha aparecido públicamente relacionado con la iniciativa desarrollada en La Manareña.
Torres ha asumido públicamente la defensa de las personas que, según sus propias manifestaciones, estarían vinculadas al proyecto y que él identifica como “10 mil familias”.
Esa circunstancia plantea una diferencia que resulta relevante para entender el alcance de la decisión: la sanción administrativa está dirigida contra la sociedad que aparece formalmente vinculada al proceso y no contra las 10 mil familias mencionadas por Torres.
Precisamente, el escenario deja abierta una discusión sobre las condiciones en las que las personas pueden vincularse económicamente a proyectos de tierra o vivienda antes de que exista certeza sobre la posibilidad legal de desarrollar el predio para el propósito ofrecido.
¿Qué pasa con quienes entregaron dinero o se vincularon al proyecto?
La decisión de la Alcaldía introduce una preocupación que trasciende la sanción administrativa: la situación de quienes hayan entregado recursos, adquirido derechos o participado como socios dentro de iniciativas de esta naturaleza.
La existencia de una sanción por actuaciones urbanísticas no determina por sí sola la situación jurídica individual de cada persona vinculada al proyecto. Sin embargo, sí evidencia la importancia de verificar, antes de comprometer recursos, la situación jurídica del terreno, las autorizaciones urbanísticas, el uso del suelo y la posibilidad real de desarrollar el proyecto ofrecido.
En el caso de La Manareña, la Alcaldía concluyó en segunda instancia que las actuaciones documentadas en el predio contrariaban las normas de integridad urbanística y confirmó las medidas adoptadas dentro del proceso.
La resolución, por tanto, abre también un interrogante para quienes participan en proyectos colectivos de tierra y vivienda: ¿qué garantías tienen las personas que entregan dinero o se vinculan como socios antes de que exista certeza de que el terreno puede desarrollarse legalmente para el propósito que se les presenta?
La respuesta dependerá de las condiciones contractuales de cada caso y de las decisiones que adopten las autoridades competentes.
El caso de La Manareña queda así bajo una decisión administrativa que confirma las medidas contra INDECO S.A.S., mientras las personas que manifiestan estar vinculadas al proyecto deberán conocer con precisión el alcance de la resolución y las consecuencias que pueda tener sobre sus expectativas de desarrollo del terreno.
Fuente y Fotografía Alcaldía de Yopal
