• vie. Abr 19th, 2024

Es preciso que el ejecutivo, a través de sus facultades normativas y regulatorias, cree normas o decretos que den frente a una situación que a futuro puede desbordar las reclamaciones en contra del Estado.

Las medidas adoptadas al amparo de la emergencia pandémica por parte del Gobierno Nacional para aminorar la crisis han tenido impacto en la ejecución de los contratos, tanto privados como públicos.

Según la Firma de abogados Sanabria y Andrade, experta en Litigios de Alta Complejidad en Contratación Estatal, y que, además, defendieron los intereses del Estado en el pleito de Ruta del Sol, un factor determinante respecto a los retos en esta materia, es poder definir el tratamiento que se le debe dar a aquellos contratos estatales que presenten un desequilibrio económico, es decir, aquellos en donde se presenten mayores costos, se afecte la rentabilidad o se generen ineficiencias como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria.

A razón de esto, ¿cómo la pandemia del Covid-19 afecta los contratos estatales y cuáles son los retos? Las afectaciones se producen en dos ámbitos; la etapa precontractual y la contractual.

En la etapa precontractual (fase de formación del contrato), uno de los retos está en la utilización de los medios virtuales para adelantar todas las etapas hasta la adjudicación, razón por la cual, la organización y los tiempos son fundamentales. Existe un punto que amerita un análisis por parte del Gobierno y es lo relativo a aquellos trámites de selección que, como consecuencia de la actual situación, han perdido utilidad o interés para la administración.

Los recursos públicos son escasos y es necesario invertirlos de forma eficiente para la atención de las necesidades, por lo tanto, dada la emergencia sanitaria, la administración pública debería tener la posibilidad de revocar los procesos de selección en cualquier estado de avance, para poder redirigir recursos a la atención de asuntos de mayor prioridad.

En la etapa contractual, los contratistas de la administración se ven enfrentados a diversas afectaciones, lo cual supone un desafío para la contratación pública. La implementación de los protocolos de bioseguridad, las medidas de distanciamiento que afectan directamente los tiempos contractuales y los cronogramas inicialmente previstos, así como los inminentes cambios en el mercado, son circunstancias que pueden alterar la ecuación económica del contrato en desmedro del contratista.

En materia de infraestructura terrestre y aeroportuaria, la ausencia en el recaudo de peajes y de tasas por uso aeroportuario, suponen una afectación en el retorno de la inversión que esperan los concesionarios, lo que se traduce en una afectación a la economía del contrato.

Los contratos estatales tienen por propósito lograr la satisfacción del interés general y la prestación continua de los servicios públicos, de manera que las partes deben buscar los distintos mecanismos previstos en la ley para lograr satisfacer sus intereses. Al respecto, la Ley 80 de 1993 establece que, habiéndose alterado la ecuación contractual por causas no imputables a ninguno de los contratantes, estas “adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para su restablecimiento”.

Por lo tanto, es preciso que el Gobierno, a través de sus facultades normativas y regulatorias, cree normas o decretos que den frente a una situación que a futuro puede desbordar las reclamaciones en contra del Estado.

Fuente y Fotografía diariolaeconomia.com para radionoticiascaanare.com

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com