TRAS varios meses de intenso debate, en mayo del año pasado el Senado y la Cámara de Representantes aprobaron el llamado proyecto de “borrón y cuenta nueva”, propuesta de los senadores David Barguil (Partido Conservador) y Luis Fernando Velasco (Partido Liberal) que ofrece alivios a los deudores morosos reportados en las ‘listas negras’ del sistema financiero.
La ley establece que quienes paguen las obligaciones por las que han sido reportados en los próximos 12 meses, permanecerán con dicha información negativa en los bancos de datos por máximo seis meses. Una vez se cumpla este periodo, la mala calificación deberá ser retirada automáticamente de las centrales de riesgo.
Por ser una norma que regula un derecho fundamental, debió ir primero a control previo de la Corte Constitucional. Sin embargo, el trámite en el alto Tribunal se empezó a alargar por distintas circunstancias de forma y fondo. Pero ya se acabó el plazo límite y los magistrados de la Corte Constitucional tienen hoy este fallo como prioritario dentro del orden del día.
Fuentes de la Corte indicaron que es muy probable que se proyecte una sentencia que le dé viabilidad a esta ley y pase, entonces, a sanción presidencial. La semana pasada estaba a punto de conocerse pero se atravesó una recusación contra un magistrado, recurso que ya fue resuelto.
La norma abre la puerta para que, una vez pagada la obligación, las personas que tengan clasificación Mypyme, del sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario y personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes salgan de manera inmediata del reporte.
Ese beneficio también cobijará a los pequeños productores del sector agropecuario, las víctimas del conflicto armado así como a jóvenes y mujeres rurales que tengan cualquier tipo de crédito agropecuario con Finagro. Igualmente a los deudores y codeudores que tengan obligaciones crediticias con el Icetex y que salden las cuotas vencidas o que extingan sus obligaciones objeto de reporte.
Se incluyó un artículo que señala que aquellas obligaciones que sean objeto de reporte negativo durante la emergencia sanitaria, y hasta el 31 de diciembre de 2020, no serán reportadas en los bancos de datos.
Fuente y Fotografía Elnuevosiglo.com