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El Juzgado Cuarto Civil Municipal de Yopal declaró en desacato al agente interventor de Capresoca EPS, Yeferson Caicedo Pardo, y al subgerente operativo en salud, René Rueda Ribón, por el incumplimiento de una sentencia de tutela que ordenaba la entrega inmediata de una prótesis ocular a la señora María Barrera Fonseca, adulta mayor afiliada a la entidad.

La decisión fue adoptada mediante auto fechado el 4 de noviembre de 2025, dentro del radicado 850014003004-2025-00806-00, al resolver un incidente de desacato promovido por el señor Miguel Ángel Tovar Mariño, en calidad de agente oficioso de la paciente.

Según el fallo, el juzgado comprobó que, pese a haber transcurrido casi dos meses desde la sentencia de tutela del 10 de septiembre de 2025, Capresoca EPS no cumplió con la entrega de la prótesis ocular tipo carilla para el ojo izquierdo, prescrita por el médico tratante, incumpliendo el plazo de 48 horas fijado para ejecutar la orden.

La afectada, quien perdió un ojo y requiere con urgencia el cambio de la prótesis para evitar complicaciones en el otro, ha debido esperar sin recibir la atención ordenada, situación que llevó al juez a imponer sanciones coercitivas a los directivos de la entidad.

La sanción impuesta

El despacho judicial sancionó al agente interventor Yeferson Caicedo Pardo y al subgerente operativo René Rueda Ribón con tres (3) días de arresto efectivo y una multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cada uno, al considerar probado el incumplimiento de la orden judicial y la negligencia administrativa frente a las reiteradas solicitudes de la paciente y del despacho.

El juzgado advirtió que la sanción tiene un carácter correctivo, encaminado a garantizar la protección de los derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y a la seguridad social de la señora Barrera Fonseca, por lo cual exhortó a los funcionarios sancionados a cumplir de manera inmediata la entrega de la prótesis ocular ordenada, antes de proceder con la ejecución efectiva de la medida de arresto y cobro de la multa

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Un caso que refleja las demoras en la atención en salud

El caso ha despertado preocupación por la demora en la atención de una paciente en condición vulnerable, cuya salud depende de la pronta sustitución de su prótesis ocular. De acuerdo con los antecedentes, la mujer interpuso acción de tutela al no obtener respuesta oportuna de Capresoca, y pese al fallo a su favor, la EPS no cumplió en los tiempos establecidos.

El juzgado recordó que los fallos de tutela deben cumplirse sin demora, conforme al artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, que faculta a los jueces para sancionar con arresto y multa a quienes desatiendan las órdenes judiciales.

Mientras tanto, la señora María Barrera Fonseca continúa a la espera de la entrega del dispositivo médico que podría evitar el deterioro de su único ojo funcional, en un caso que pone de relieve las dificultades persistentes en el acceso efectivo al derecho a la salud en el departamento de Casanare.

Fuente Radio Noticias Casanare

Por Oscar Manuel Mendez Garcia

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com

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