• vie. Abr 19th, 2024

La Secretaría de Educación da explicaciones sobre la problemática presentada por el transporte escolar

Respecto a la problemática que se ha presentado con el servicio de transporte escolar en las instituciones educativas, la Gobernación de Casanare por medio de la secretaría de Educación informa que:

El contrato 1043 de 2017 fue aprobado por el Organismo Colegiado de Decisión – Ocad,  cuyo objetivo fue la prestación del servicio de trasporte escolar del 24 de julio de 2017 al 16 de marzo de 2018 cumpliendo con el tiempo establecido.

Por lo anterior al cumplir con el tiempo estipulado, la secretaría de Educación elaboró el proyecto desde febrero del 2017, para entregar el proyecto a la oficina de planeación de la Gobernación y realizar mesas con los Ministerios en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del 2017 y ser aprobado por el OCAD. En noviembre del mismo año, se incorpora al presupuesto y finalmente el 5 de enero del 2018 se radica en jurídica para revisión y correcciones y luego ser publicado el 31 de enero, (el cual se encuentra debidamente publicado en el portal único de contratación http://www.colombiacompra.gov.co, con fecha de adjudicación el 16 de marzo del 2018)

Conforme al cronograma del proceso contractual y según Acta de Cierre de fecha 09 de Marzo de 2018, se presentaron dos (2) ofertas las cuales fueron evaluadas por los integrantes del Comité Asesor y Evaluador designado para ello, donde como resultado se concluyó que ninguna propuesta quedó habilitada para continuar con el proceso de selección.

El 18 de abril del presente año se celebró la audiencia pública  del proceso presentado, en la cual el Comité Evaluador recomienda a la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica  declarar desierta  la Licitación Pública, mediante Resolución No. 0096, al considerar que no existen oferentes habilitados en el proceso con fundamento en lo expuesto en la respuesta dada a las observaciones presentadas al informe de evaluación final de propuestas y a lo dispuesto en el acta de la audiencia pública de adjudicación.

De conformidad con lo dispuesto por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), contra la decisión que declaró desierto el proceso licitatorio, se  procede a presentar el recurso de reposición el cual debe ser interpuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación.

Por ende se explica que de interponerse recurso de reposición alguno, la Entidad deberá dar trámite al mismo, disponiendo si revoca o no la decisión adoptada inicialmente.

De revocarse la decisión se continuaría con el curso del proceso disponiendo la suscripción del respectivo contrato; en caso de no revocarse la decisión, la Entidad adelantará un nuevo proceso de selección, bajo la modalidad de selección abreviada, que duraría en trámite alrededor de 22 días hábiles.

Una vez surtido el trámite, el servicio de transporte se estaría prestando a partir del ingreso de los niños del receso escolar de medio año.

También es deber manifestarle a la comunidad en general que el servicio de transporte escolar no hace parte de la gratuidad educativa en la normativa vigente; dentro de Sistema General de participación no existe disponibilidad presupuestal para prestar dicho servicio, esta es una estrategia de permanencia que el Departamento de Casanare ha venido financiando con los recursos del Sistema General de Regalías, para acceder a estos, la Gobernación debe presentar ante el Organismo Colegiado de Decisión (OCAD), proyectos que cumplan con las condiciones técnicas establecidas en la normativa vigente.

Fuente y Fotografía Gobernación de Casanare

Avatar

Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com