¿Por qué fue absuelto el expresidente Uribe?, estos fueron los argumentos del Tribunal Superior de Bogotá?
Por dos votos contra uno, el Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente, Álvaro Uribe de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal, decisión que llegará a la Corte Suprema de Justicia, donde será interpuesto un recurso extraordinario de casación, de acuerdo con el abogado Miguel Ángel del Río.
La apelación fue estudiada por los magistrados Manuel Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo, quienes dieron a conocer este martes el sentido del fallo, tras la apelación presentada por el equipo de abogados del exmandatario.
Es importante tener en cuenta que la magistrada, Leonor Oviedo Pinto salvó su voto parcial en la absolución y estuvo de acuerdo con la condena a 12 años proferida por la juez 44 penal de conocimiento, Sandra Liliana Heredia.
Argumentos del Tribunal Superior de Bogotá
¿Cuáles fueron los argumentos de la ponencia que finalmente fue acogida (2-1) y que declaró inocente al exmandatario?
– No se demostró que el expresidente ordenara a su exabogado Diego Cadena buscar testimonios o pruebas con ofrecimientos ilícitos, confirmando así su absolución por soborno a testigos.
– Se omitió el test de idoneidad engañosa y la acreditación del dolo determinador. Se señaló un defecto lógico al desvalorizar coincidencias entre testimonios “libreteadas” mientras se resta credibilidad a las divergencias que niegan la inducción a la falsedad.
– No se demostró que las cartas contuvieran ilicitud o tuvieran capacidad de inducir a error a los jueces. “La actuación de Álvaro Uribe Vélez, al entregar información para su defensa, se consideró ajustada a derecho, y no se demostró mendacidad consciente ni participación dolosa en la creación de artificios”, de acuerdo con el fallo.
Carlos Enrique Vélez alias “Víctor”
– En el caso del exparamilitar, Carlos Enrique Vélez Ramírez, alias “Víctor” (a quien piden que se le investigue por falso testimonio), se absolvió al expresidente Uribe del delito de soborno en la actuación penal.
Según la acusación, el abogado Diego Cadena le ofreció 200 millones de pesos y una asesoría jurídica en 2017 en la cárcel de Palmira, Valle del Cauca, con el objetivo de que suscribiera una carta con testimonios favorables para Álvaro Uribe y en contra del senador, Iván Cepeda.
– Las pruebas no acreditaron el dolo exigido para calificar a Uribe como determinador de un delito, pues según lo analizado por la Sala, Vélez Ramírez nunca mencionó a al exjefe de Estado como responsable de los pagos recibidos ni como autor de las instrucciones.
– “No se acreditó que Álvaro Uribe Vélez hubiera instigado el delito de soborno en actuación penal. La sala revocará la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez y lo absuelve por el delito de soborno en actuación penal en el evento de Carlos Enrique Vélez Ramírez”, de acuerdo con la decisión.
Eurídice Cortés, alias “Diana”
– Tampoco se comprobó su responsabilidad en los hechos relacionados con Eurídice Cortés, alias “Diana”.
Según la acusación, el abogado Diego Cadena le dio 2.000.000 de pesos para que fuera a declarar en la Corte Suprema en Bogotá a través de una persona en Manizales y sería para pagar los viáticos de su traslado, y no para influir en su testimonio. “No me lo dio para cambiar el testimonio ni nada, me lo dio para pagar unos boletos. Yo no me vine en avión, me vine por tierra, y la otra parte me la quedé. Nunca lo puse en conocimiento porque no era plata para comprar mi testimonio ni cambiar mi versión ni nada de eso”, dijo.
– Para el Tribunal, la literalidad de la conversación no vincula a los viáticos con contraprestación por grabación identifica al supuesto instigador, por lo que el nexo de determinación permanece indemostrado.
-La participación de Uribe como determinador se construye sobre fragmentos de interceptaciones donde terceros aluden a dinero y búsqueda de testigos sin prueba de ofrecimientos para mentir o callar la verdad.
– No se acreditan los elementos objetivos ni subjetivos del tipo penal de soborno en actuación penal, por lo que se revoca la condena respecto de Eurídice Cortés Velasco, alias “Diana”, en el evento así conocido y titulado.
Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella de la Fiscalía
– El Tribunal Superior de Bogotá también declaró inocente al expresidente Uribe en el episodio del exparamilitar, Juan Guillermo Monsalve, el testigo “estrella” de la Fiscalía.
Monsalve ha acusado, desde 2011 a Uribe de haber promovido la creación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), el cual se habría conformado en la finca Guacharacas, propiedad de la familia Uribe Vélez, en los años 90.
El exparamilitar aseguró que fue presionado para retractarse por emisarios de Uribe, entre ellos el abogado Diego Cadena, quien presuntamente habría ofrecido beneficios judiciales a cambio de cambiar su versión.
Una de las visitas de Cadena fue grabada con un reloj espía, aunque luego se cuestionó la autenticidad del registro. A pesar de su prontuario delictivo y de las contradicciones en sus declaraciones, Monsalve se mantuvo como testigo clave en el proceso.
Estas denuncias fueron retomadas por el senador Iván Cepeda, lo que derivó en una investigación de la Corte Suprema contra el expresidente por presunto fraude procesal y soborno a testigos.
– El testimonio de Monsalve no fue verificado por parte de la Fiscalía y señaló que “la falladora se equivocó” (la juez 44 penal de conocimiento).
– “La sentencia de primera instancia incurrió en errores metodológicos, falacias interpretativas y valoración sesgada de pruebas, al construir inferencias sobre subordinación funcional y dolo sin respaldo objetivo. En consecuencia, el tribunal concluye que no se acreditó responsabilidad más allá de toda duda razonable y revoca la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez en este evento”, de acuerdo con la decisión.
Cortesía Periodística SinCandado.com