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Los peros de las Farc a los ajustes a la Jurisdicción Especial para la Paz

A través de un comunicado la delegación de paz de las Farc dejó este sábado constancia de su desacuerdo respecto a los cambios efectuados por el Gobierno en el apartado referido a la Jurisdicción Especial para la paz del Acuerdo final en lo que se refiere a las responsabilidades de los agentes del Estado.

En el texto, las Farc insisten en que nunca han compartido la posición del gobierno de regular unilateralmente aspectos referidos al marco legal aplicable a los agentes del Estado, pero que sin embargo aceptaron las modificaciones puesto que se trataba de un inamovible del Gobierno. Sin embargo, aseguran, dichas regulaciones deben respetar los principios que fueron incluidos en la JEP.

En ese sentido plantearon sus dudas respecto a tres numerales puntuales:

” a. Respecto a la introducción en el numeral 32 del término “indebido”, cualquier enriquecimiento personal a consecuencia de conductas competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz es presuntamente ilícito o indebido y no debe ser competencia de la justicia transicional sino de la justicia ordinaria, por lo que resulta innecesario añadir la palabra “indebido” en el numeral 32. Dicho añadido, no debería dar lugar a interpretar que puede existir “enriquecimiento personal” de servidores públicos, a consecuencia del conflicto, que resultara legítimo o conforme a las leyes.

b. Respecto a la eliminación en el numeral 40, de lo siguiente: “o como parte de un plan o política”, opinamos que dicha variación unilateral era innecesaria, por no alterar ni restringir la definición de “grave crimen de guerra”. No cabe duda que toda infracción del DIH cometida de forma “sistemática”, lo ha sido en aplicación de un plan pre-establecido.

c. Respecto a la eliminación del último párrafo del numeral 44, que concretaba y aclaraba dudas sobre lo relativo al “control efectivo” de las conductas de los subalternos por los superiores jerárquicos, en relación a la responsabilidad por cadena de mando, creemos que dicha eliminación será motivo de preocupación por parte de las víctimas -que están en el centro de los acuerdos-, y también de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional respecto a la regulación de la responsabilidad de la cadena de mando de las estructuras jerárquicas del Estado. Algo que no habría ocurrido de introducirse una mención a lo establecido en el derecho internacional o al menos de mantenerse la mención anterior al Estatuto de Roma.

Por ello, las FARC-EP no han permitido que el referenciado texto del numeral 44 de la JEP sea eliminado también en el numeral 59 respecto a la definición de responsabilidad por cadena de mando aplicable a los integrantes de nuestra organización. Creemos que el derecho internacional – en el que se incluye tanto el Estatuto de Roma como la jurisprudencia de otros tribunales internacionales- regula de forma precisa y con la necesaria seguridad jurídica, lo relativo a la responsabilidad por cadena de mando, tanto en organizaciones regulares como en organizaciones irregulares”.

En la misiva las Farc sostienen que aunque están en contra de los cambios efectuados unilateralmente por el Gobierno, dichos ajustes no podrían ser la razón para retrasar más la firma del Acuerdo Final. “Esperamos que no quede ninguna duda sobre la unilateralidad de los cambios efectuados y nuestra oposición a los mismos y anunciamos nuestra predisposición a trabajar para corregir las consecuencias negativas que sin duda se están derivando de ello”, puntualiza el comunicado.

Fuente y Fotografía ElEspectador.com

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com