En lo que ha transcurrido de su mandato el presidente Iván Duque ha sancionado 273 leyes y promulgado 9 reformas constitucionales, varias de las cuales han sido impulsadas por su Gobierno. Es posible que en un poco más de 2 meses que le restan para que finalice su periodo, alcance a estampar su firma en otros textos para que se conviertan en normas de la República.
Vale destacar que esta producción en materia de leyes por parte del Congreso no es inferior a la que se ha visto en otros gobiernos, a pesar de que el Parlamento tuvo que sesionar por más de un año de forma virtual debido a la crisis generada por la pandemia del covid-19.
El año 2021 fue cuando el Jefe de Estado sancionó más leyes, un total de 106; le siguió el año 2019, cuando estampó su firma en 69; y en el año 2020 sancionó 59 leyes.
Por obvias razones los años en que menos ha sancionado leyes es el presente con 31, pues apenas va el primer semestre; y en el 2018 debido a que comenzó a gobernar desde el 7 de agosto.
En cuanto a reformas a la Constitución en su mandato el presidente Duque sancionó en el año 2019 un total de 5; mientras que en los años 2021 y 2020 promulgó dos actos legislativos en cada una de esas vigencias.
En tanto que entre agosto y diciembre del 2018, no le correspondió al presidente Duque Márquez sancionar reformas constitucionales. Igual ocurre este año pues el Congreso no ha culminado el trámite de ningún acto legislativo, a pesar de varias iniciativas que están en tránsito.
Reformas constitucionales
En el año 2019 el primer Mandatario sancionó el Acto Legislativo No 05 del 26 de diciembre, por el cual se modifica el artículo 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones. Así mismo el Acto Legislativo No 04 del 18 de septiembre, por medio del cual se reforma el régimen de control fiscal.
Además el Acto Legislativo No 03 del 25 de julio, por el cual se modifica el artículo 323 de la Constitución y se establece la segunda vuelta para la elección de alcalde mayor de Bogotá.
Al igual que el Acto Legislativo No 02 del 15 de julio, por medio del cual se adiciona un inciso y un parágrafo al numeral 17 del artículo 150 de la Constitución Política, con el fin de establecer que en ningún caso el delito de secuestro ni los delitos relacionados con la fabricación, el tráfico o el porte de estupefacientes, serán considerados como delitos políticos o como conductas conexas a estos, ni como dirigidas a promover, facilitar, apoyar, financiar, u ocultar cualquier delito que atente contra el régimen constitucional y legal.
Por lo tanto, no podrá existir respecto de ellos, amnistía o indulto.
También el primer Mandatario sancionó el Acto legislativo no 01, por el cual se otorga la categoría de Distrito Especial y Portuario, Biodiverso, Industrial, Turístico al municipio de Barrancabermeja, en el departamento de Santander.
En el año 2020 sancionó el Acto Legislativo 02 del 22 de julio por el cual se modifica el artículo 325 de la Constitución Política con la creación de la Región Metropolitana Bogotá -Cundinamarca, como entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial, con el objeto de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de los servicios a su cargo.
También fue promulgado el Acto Legislativo 01 del 22 de julio, por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableciendo la prisión perpetua revisable. Posteriormente está norma se cayó en la Corte Constitucional.
En el año 2021 el Jefe de Estado promulgó el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz en la Cámara de Representantes en los periodos 2022-2026 y 2026-2030.
Así como el Acto Legislativo 01 del 14 de julio, por el cual se otorga la calidad de Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación a la ciudad de Medellín.
Fuente y Fotografía Elnnuevosiglo.com