En horas de la tarde de este miércoles, y a puerta cerrada, el senador Roosvelt Rodríguez y el representante a la Cámara Hernán Penagos conciliaban el acto legislativo que introduce en la Constitución el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Una reforma constitucional que sienta los cimientos del Acuerdo de Paz en materia de justicia y que ha desatado una fuerte polémica pública por cuenta de la interpretación que ha hecho el Congreso de la denominada Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Y aunque el informe de conciliación estaba listo, la Cámara de Representantes no tuvo el quórum suficiente para darle vía libre a la iniciativa. Es decir, el debate continúa.
El tema ha sido tan sensible, que asesores jurídicos de las Farc, sus propios comandantes, defensores de derechos humanos, militares retirados y activos, y dirigentes de las principales ONG internacionales le tienen los ojos puestos al texto en conciliación. Con un elemento adicional, los interesados en cada uno de los apartes -desde diferentes ópticas- advierten los riesgos de impunidad y posibles violaciones a las obligaciones internacionales del Estado colombiano.
Ante tanta presión el Congreso no ha podido dar por superado el debate respecto a la JEP. Una vez se surta este trámite en la Cámara, pues Senado ya lo hizo, se dará por terminado el trabajo del Congreso y el acto legislativo quedará en manos de la Corte Constitucional para que defina si se acoge o no al espíritu del Acuerdo de Paz. Y desde ya se advierte que este será un reto importante para el alto tribunal, pues no son pocas las voces que advierten que el Congreso renegoció lo pactado en La Habana.
Según el texto de conciliación, en referencia a los aspectos más polémicos de la reforma, se advierte que en su mayoría fue acogido el texto debatido por el Senado de la República, el cual, sea dicho de paso, fue el que mayores sensibilidades tocó. Es el caso del artículo 16, que hace referencia a los denominados terceros civiles involucrados en el conflicto armado. Entre los aspectos que el Senado trabajó en esta materia está el de financiadores de grupos armados. Las alertas se prendieron cuando se hicieron tres modificaciones generales: que los terceros acudirán voluntariamente a la JEP; que sólo concurrirán cuando se pruebe su responsabilidad directa en graves crímenes, adjuntando pruebas de la justicia ordinaria, y que la financiación no sea competencia de la JEP.
En pocas palabras, que habrá impunidad. La Cámara de Representantes había establecido que sí iba a ser competencia de la JEP juzgar a terceros que, a lo largo de estos 52 años de conflicto, contribuyeron a financiarlo; salvo los casos registrados por coacción. No obstante, se eliminó esta figura y, por ende, según las advertencias de las propias víctimas, se está excluyendo la posibilidad de evaluar adecuadamente la participación efectiva de sectores empresariales, sociales y políticos en la permanencia de grupos paramilitares. “Ese será un verdadero factor de riesgo para los derechos humanos”, expresó una víctima esta semana en la audiencia realizada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en Estados Unidos.
Con relación al delito del narcotráfico y que, dicho sea de paso, puso en entredicho el apoyo del fiscal Néstor Humberto Martínez a la reforma, el Gobierno siempre ha dejado clara una postura: no podrá ser considerado como conexo al delito político si su único objetivo era beneficiar los bolsillos de los guerrilleros, sin tener ninguna correlación con el financiamiento de la guerra. Pese a ello, el jefe del ente acusador quiso poner sus condiciones en el debate de la JEP. Y dejó claro que la jurisdicción ordinaria conocerá de dicho delito cuando se demuestre que los beneficiarios de los programas de sustitución de cultivos ilícitos mantuvieron esta actividad delictiva.
De otro lado, el concepto que ha tocado sensibilidades son los llamados “delitos continuados”. Si bien se trata de un debate más técnico que político, se terminó convirtiendo en una medición de fuerzas entre el Gobierno y la Fiscalía, pues Martínez pretendía que la jurisdicción ordinaria conociera de casos que no hubieran terminado su ejecución después del 1° de diciembre de 2016, es decir, casos como el reclutamiento de menores o la desaparición forzada.
El argumento del Gobierno fue que era de competencia de la JEP si estos delitos se habían iniciado antes de la fecha señalada, y que si se habían cometido después eran competencia de la Fiscalía. Además, resaltó que el margen de tiempo que tiene la guerrilla para convertirse en partido político, tan pronto se surta el proceso de dejación de armas, es hasta junio de este año. Y este es el tiempo que tendrán para saldar sus cuentas con la justicia.
Finalmente, la forma en la que serán juzgados los uniformados ha sido uno de los debates centrales de la iniciativa. Según el texto aprobado, para que los altos mandos militares respondan por las conductas de sus subalternos, debe existir la concurrencia de ciertas acciones que, para las víctimas, se hace imposible que se den. Es decir, una vez más, consideran que lo aprobado abre las puertas a la impunidad. Además, el no incluir ciertas pautas del Estatuto de Roma ni la alusión explícita al mismo, alertó a los críticos frente al desconocimiento de los estándares internacionales para investigar y juzgar graves delitos. La consecuencia inmediata sería, entonces, que se active la competencia de la Corte Penal Internacional en Colombia.
Fuente y fotografía ElEspectador.com