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El Ministerio de Justicia puso a disposición de la ciudadanía el borrador del proyecto de ley que “busca humanizar la política criminal y penitenciaria para superar el estado de cosas inconstitucional”, tal como lo establece el texto de la iniciativa en su exposición de motivos.

La publicación del borrador del proyecto hace parte de una campaña que emprendió la cartera de Justicia, dirigida a los medios de comunicación, las redes sociales y a la sociedad en general, con el propósito de socializar la iniciativa y explicar sus alcances.

Al respecto, el ministro Néstor Iván Osuna ha dicho: “Preferimos que el debate se dé sobre bases ciertas. El proyecto de ley que vamos a radicar en el Congreso no es un proyecto de excarcelación ni muchísimo menos un proyecto de impunidad. Es un proyecto que está centrado en restablecer el derecho a las víctimas, favorecer la resocialización de las personas privadas de la libertad y establecer un grado de actividades de las personas privadas de la libertad que les permitiría irse reincorporando a la sociedad”.

Estos son los principales ejes del proyecto puesto a consideración de la ciudadanía, explicados por el ministro de Justicia:

¿Qué busca este proyecto?

La iniciativa busca modernizar el sistema penitenciario en todo el país, para que cumpla su finalidad de devolver a la sociedad personas que se han responsabilizado por los delitos que cometieron y que están comprometidas con no volver a delinquir.

Lo hace a través del uso de las herramientas actualmente vigentes en la ley penitenciaria, además de un principio elemental: a mayor avance del individuo en su resocialización, siempre que tenga una conducta ejemplar en prisión, podrá progresivamente irse reincorporando a la sociedad a través de la obtención de permisos que serán ordenados por jueces.

¿Quién no podría solicitar la suspensión de la ejecución de la pena y la detención domiciliaria como alternativa a la prisión?

Ningún condenado por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes ni los condenados por delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, por graves violaciones de los derechos humanos, contra la administración pública, por delitos cometidos por la criminalidad organizada o delitos graves de seguridad ciudadana, puede solicitar la suspensión de la ejecución de la pena o la detención domiciliaria como sustitutiva de la prisión intramural.

Casos como la extorsión o el hurto con violencia sobre las personas o los atracos que tanto preocupan por el riesgo que corren los ciudadanos, no estarán cobijados con esta medida.

¿Los condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes podrán salir de la cárcel a trabajar?

La legislación actual es contundente en restringir la salida de personas condenadas por delitos sexuales, particularmente si las víctimas son niños, niñas y adolescentes. En ningún caso a los condenados por delitos sexuales contra menores de edad se les permitirá gozar de algún beneficio que les autorice volver a la calle. El proyecto mantiene todas las restricciones ya previstas por el legislador.

¿Qué beneficios trae el proyecto?

Este proyecto busca satisfacer los derechos de las víctimas, quienes hasta ahora han estado excluidas.

Reducir los costos del sistema penitenciario. Para que funcione en condiciones dignas requiere de un presupuesto de 5,1 billones de pesos.

El proyecto también pretender aumentar la seguridad para los ciudadanos, porque busca reducir los índices de reincidencia, que una persona que haya sido condenada no vuelva a cometer delitos, entre otras cosas, porque ya conoció lo dura que es la vida en las cárceles.

¿A quiénes se otorgarían los beneficios de la prisión abierta?

Estos permisos son para personas que ya han cumplido una parte significativa de su pena, quienes están próximos a recuperar su libertad, a saldar su deuda con la sociedad. Si incumplen volverían a la cárcel, sin ningún beneficio. De hecho, actualmente en Colombia cerca de 3.000 personas privadas de la libertad tienen acceso al beneficio administrativo de 72 horas.

¿Se está pensando convertir las cárceles en un hotel?

Quienes afirman que con la posibilidad de que más personas condenadas salgan a trabajar de día y regresen en la noche están convirtiendo las cárceles en hoteles, desconocen que esa norma está vigente en el Código de Procedimiento Penal y en el Código Penitenciario desde hace más de 20 años, y, lo que es peor, minimizan lo que significa estar preso.

Fuente y Fotografía Elnuevosiglo.com

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com