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Pozos profundos que operan en Yopal no son ilegalesadvirtió EAAAY

La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal emitió en las últimas horas un comunicado con el fin de dar claridad sobre el estado legal de los diferentes pozos profundos que suministran agua al capital del país reiterando que los mismos cuentan con el documento exigido para tal efecto.

La Entidad de Servicios Públicos se pronunció ante los medios de comunicación mediante un documento en el cual busca darle claridad a una información que surgió con respecto al estado legal ambiental de los pozos profundos operados por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, EAAAY; en un comunicado de siete puntos donde aclara que los pozos profundos conectados a la red de acueducto son cuatro pozos de producción como son Villa María 2, Manga de Coleo, Central de Abastos 2 y Núcleo Urbano 2 y cinco pozos de bajo caudal Villa María 1, Materno Infantil, Braulio Campestre, La Zaranda, Raudal-Américas.

La Entidad explicó el trámite que adelantó para legalizar los pozos profundos y obtener la licencia ante Corporinoquia, adelantar revisiones periódicas de la calidad del agua, lo cual le permite que obtenga en la Secretaría de Salud Departamental la Autorización Sanitaria Favorable, requisito necesario para la aprobación de los permisos de Concesión de Aguas Subterráneas ante la Corporación.

“El proceso de legalización ambiental para los pozos profundos de baja producción, corresponde a cada una de las entidades propietarias de estos pozos, ya que la EAAAY sólo funciona como operadora del servicio, con excepción del pozo de Villa María 1, de propiedad de la EAAAY, el cual se encuentra en trámite del Mapa de Riesgos ante la Secretaría de Salud Municipal”, aclaró la EAAAY.

Indicó que el 20 de abril de 2012, Corporinoquia otorgó a la EAAAY el Permiso de Exploración para Aguas Subterráneas por un periodo de dos años mediante resolución N° 500.41.12.0454, para la construcción de siete pozos profundos los cuales se localizan en el Núcleo Urbano 2, Central de Abastos, Manga de Coleo, Braulio Campestre, Hospital Nuevo, Villa María y Taller de Obras Públicas de Yopal mientras que el 28 de julio de 2014 mediante radicado 8307, la EAAAY solicitó a Corporinoquia la ampliación en tiempo de este permiso por dos años más, el cual fue dado el 27 de febrero de 2015 mediante resolución N° 500.41.15.304 y hasta el 27 de febrero de 2017.

El pozo de Villa María 2, cuenta con el Mapa de Riesgos expedido por la Secretaría de Salud Municipal mediante resolución N° 180.54.008 del 25 de julio de 2014. Por lo cual se solicitó ante la Secretaría de Salud del Departamento con Autorización Sanitaria Favorable.

“Obtenidos estos permisos se procedió a iniciar el trámite de solicitud de Concesión de Aguas mediante radicado N° 12201 del 4 de noviembre de 2014 ante Corporinoquia, donde el 27 de mayo de 2015, la Corporación Regional generó el Auto N° 500.57-15.0955 que da trámite tendiente a evaluar la concesión de aguas subterráneas”, cuyo concepto no ha sido entregado por Corporinoquia respecto a la concesión de aguas para este pozo.

“Mediante radicados 35049 del 27 de octubre de 2015 y 2015140596 del 29 de diciembre de 2015, la EAAAY solicitó ante la Secretaría de Salud Municipal el Mapa de Riesgos para los tres pozos profundos Manga de Coleo, Central de Abastos y Núcleo Urbano 2, presentando los respectivos resultados de laboratorio de calidad de agua”, sostuvo.

Así mismo, tampoco ha habido un pronunciamiento por parte de la Secretaría de Salud Municipal respecto a la resolución de Mapa de Riesgos para estos pozos, r  equisito indispensable para la obtención de la Autorización Sanitaria en la Secretaría de Salud Departamental y posterior Concesión de Agua en Corporinoquia, proceso que está a la espera.

La EAAAY aclara que es erróneo y no se ajusta a la realidad señalar que los Pozos operados por la empresa son ‘Ilegales’, por lo que es una imprecisión debido a que la Empresa de Acueducto ha realizado todas las acciones administrativas y jurídicas ante las entidades correspondientes, para la obtención de cada uno de los permisos que exige la ley, respecto a la prestación del servicio de Acueducto para la ciudad de Yopal.

Fuente y Fotografía EAAAY

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com