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En primera instancia, la procuraduría general, sancionó con destitución e inhabilidad por 13 años al Exgobernador de Casanare, Nelson Ricardo Mariño, por irregularidades en la contratación para el abastecimiento de aguas subterráneas para el acueducto de Yopal.

En la misma decisión, el Ministerio Público destituyó e inhabilitó por 10 años a Helver Martínez Bohórquez y Gustavo Adolfo Lara Sepúlveda, exgobernador (e) y exjefe Jurídico de la gobernación de Casanare

La Procuraduría les atribuye haber suscrito el contrato con la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (EAAAY), cuyo objeto era la construcción de cuatro pozos profundos para abastecer el acueducto del municipio, aun cuando esta empresa no tenía la capacidad y experiencia para ejecutar el negocio jurídico, y por lo tanto, según el organismo de control, no era viable esta forma de contratación directa, y lo procedente era haber realizado una licitación pública para la escogencia del contratista.

“El legislador estableció una limitante legal para las partes del contrato interadministrativo, según la cual es la entidad ejecutora la que debe llevar a cabo por si misma las obras, trabajos o servicios contratados en función de su objeto social, lo cual no obsta para que en algunos eventos pueda subcontratar algunas de las actividades, entendiéndose con ello que no se puede subcontratar todo el objeto pactado en los contratos interadministrativos”, sostiene la providencia de la Procuraduría General de la Nación.

Fuente y Fotografía Procuraduría General  – Radio Noticias Casanare

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Por Oscar Mendez

Periodista Colombiano y Director del Portal Web www.radionoticiascasanare.com